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En CLAYGES ayudamos a tu empresa a conseguir la clasificación que se merece. A continuación mostramos los grupos y subgrupos en la clasificación de contratistas de obras.

Artículo 25. Grupos y subgrupos en la clasificación de contratistas de obras.

Grupo A) Movimiento de tierras y perforaciones

  • Subgrupo 1. Desmontes y vaciados.
  • Subgrupo 2. Explanaciones.
  • Subgrupo 3. Canteras.
  • Subgrupo 4. Pozos y galerías.
  • Subgrupo 5. Túneles.

Grupo B) Puentes, viaductos y grandes estructuras

  • Subgrupo 1. De fábrica u hormigón en masa.
  • Subgrupo 2. De hormigón armado.
  • Subgrupo 3. De hormigón pretensado.
  • Subgrupo 4. Metálicos.

Grupo C) Edificaciones

  • Subgrupo 1. Demoliciones.
  • Subgrupo 2. Estructuras de fábrica u hormigón.
  • Subgrupo 3. Estructuras metálicas.
  • Subgrupo 4. Albañilería, revocos y revestidos.
  • Subgrupo 5. Cantería y marmolería.
  • Subgrupo 6. Pavimentos, solados y alicatados.
  • Subgrupo 7. Aislamientos e impermeabilizaciones.
  • Subgrupo 8. Carpintería de madera.
  • Subgrupo 9. Carpintería metálica.

Grupo D) Ferrocarriles

  • Subgrupo 1. Tendido de vías.
  • Subgrupo 2. Elevados sobre carril o cable.
  • Subgrupo 3. Señalizaciones y enclavamientos.
  • Subgrupo 4. Electrificación de ferrocarriles.
  • Subgrupo 5. Obras de ferrocarriles sin cualificación específica.

Grupo E) Hidráulicas

  • Subgrupo 1. Abastecimientos y saneamientos.
  • Subgrupo 2. Presas.
  • Subgrupo 3. Canales.
  • Subgrupo 4. Acequias y desagües.
  • Subgrupo 5. Defensas de márgenes y encauzamientos.
  • Subgrupo 6. Conducciones con tubería de presión de gran diámetro.
  • Subgrupo 7. Obras hidráulicas sin cualificación específica.

Grupo F) Marítimas

  • Subgrupo 1. Dragados.
  • Subgrupo 2. Escolleras.
  • Subgrupo 3. Con bloques de hormigón.
  • Subgrupo 4. Con cajones de hormigón armado.
  • Subgrupo 5. Con pilotes y tablestacas.
  • Subgrupo 6. Faros, radiofaros y señalizaciones marítimas.
  • Subgrupo 7. Obras marítimas sin cualificación específica.
  • Subgrupo 8. Emisarios submarinos.

Grupo G) Viales y pistas

  • Subgrupo 1. Autopistas, autovías.
  • Subgrupo 2. Pistas de aterrizaje.
  • Subgrupo 3. Con firmes de hormigón hidráulico.
  • Subgrupo 4. Con firmes de mezclas bituminosas.
  • Subgrupo 5. Señalizaciones y balizamientos viales.
  • Subgrupo 6. Obras viales sin cualificación específica.

Grupo H) Transportes de productos petrolíferos y gaseosos

  • Subgrupo 1. Oleoductos.
  • Subgrupo 2. Gasoductos.

Grupo I) Instalaciones eléctricas

  • Subgrupo 1. Alumbrados, iluminaciones y balizamientos luminosos.
  • Subgrupo 2. Centrales de producción de energía.
  • Subgrupo 3. Líneas eléctricas de transporte.
  • Subgrupo 4. Subestaciones.
  • Subgrupo 5. Centros de transformación y distribución en alta tensión.
  • Subgrupo 6. Distribución en baja tensión.
  • Subgrupo 7. Telecomunicaciones e instalaciones radioeléctricas.
  • Subgrupo 8. Instalaciones electrónicas.
  • Subgrupo 9. Instalaciones eléctricas sin cualificación específica.

Grupo J) Instalaciones mecánicas

  • Subgrupo 1. Elevadoras o transportadoras.
  • Subgrupo 2. De ventilación, calefacción y climatización.
  • Subgrupo 3. Frigoríficas.
  • Subgrupo 4. De fontanería y sanitarias.
  • Subgrupo 5. Instalaciones mecánicas sin cualificación específica.

Grupo K) Especiales

  • Subgrupo 1. Cimentaciones especiales.
  • Subgrupo 2. Sondeos, inyecciones y pilotajes.
  • Subgrupo 3. Tablestacados.
  • Subgrupo 4. Pinturas y metalizaciones.
  • Subgrupo 5. Ornamentaciones y decoraciones.
  • Subgrupo 6. Jardinería y plantaciones.
  • Subgrupo 7. Restauración de bienes inmuebles históricoartísticos.
  • Subgrupo 8. Estaciones de tratamiento de aguas.
  • Subgrupo 9. Instalaciones contra incendios.

Categoría de contratos de obras

Las categorías de los contratos de obras, determinadas por su anualidad media, a las que se ajustará la clasificación de las empresas serán las siguientes:

  • Categoría 1, si su cuantía es inferior o igual a 150.000 euros.
  • Categoría 2, si su cuantía es superior a 150.000 euros e inferior o igual a 360.000 euros
  • Categoría 3, si su cuantía es superior a 360.000 euros e inferior o igual a 840.000 euros.
  • Categoría 4, si su cuantía es superior a 840.000 euros e inferior o igual a 2.400.000 euros.
  • Categoría 5, si su cuantía es superior a 2.400.000 euros e inferior o igual a cinco millones de euros.
  • Categoría 6, si su cuantía es superior a cinco millones de euros.

A continuación puedes ver los grupos y subgrupos en la clasificación de servicios.

Luis García Moyano
Luis García Moyano

Llevo toda la vida dedicada a la tramitación de expedientes de clasificación, tanto de obras como de servicios. Al frente de Clayges desde el 2006 asesorando a empresas, para que puedan contratar con la administración.