Con la nueva normativa cambiaron las denominaciones y algunos de los limites de las categorías de clasificación. A partir de Noviembre de 2015, en las licitaciones aparecerán las dos tipos de clasificaciones solicitadas para que la Empresa aporte la que ostente en ese momento. Esto sucederá hasta el año 2020 en el que ya solo se aceptaran las “nuevas” clasificaciones.
Te mostramos a continuación los límites de las categorías de clasificación de empresas de obras:
CUANTÍA | CATEGORÍA VIGENTE | CATEGORÍA EQUIVAENTE |
Hasta 150.000€ | 1 | A - B |
De 150.000€ a 360.000€ | 2 | C |
De 360.000€ a 840.000€ | 3 | D |
En grupos del A al H: de 840.000€ a 2.400.000€ | 4 | E |
En grupos del I al K: más de 2.400.000€ | 4 | E |
En grupos del A al H: de 2.400.000€ a 5.000.000€ | 5 | F |
En grupos del A al H: más de 5.000.000€ | 6 | F |
Llevo toda la vida dedicada a la tramitación de expedientes de clasificación, tanto de obras como de servicios. Al frente de Clayges desde el 2006 asesorando a empresas, para que puedan contratar con la administración.