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La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas exige que toda empresa que desee licitar en un contrato de obras cuya cuantía sea superior a 500.000 €, al amparo de cualquier Administración Pública (Local, Autonómica o Nacional), debe contar con la Clasificación Empresarial.

La clasificación empresarial es de carácter indefinido, siendo revisada anualmente la solvencia económica y financiera (SEF) y, cada tres años, la solvencia técnica y profesional (STP).

El proceso de clasificación puede resultar complicado para muchas Empresas, por lo que, en CLAYGES, nos dedicamos a ayudarlas para que logren conseguirla.

Nuestro blog se esfuerza por ofrecer más información a las empresas para que entiendan mejor el proceso, además de informarles de todas las novedades en la materia.

Para documentarse, puedes consultar la página web del Ministerio de Hacienda en la que encontrarás más información sobre la Clasificación de Empresas.

Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a la cifra establecida, el empresario podrá acreditar su solvencia de dos formas: clasificándose como contratista de obras en el grupo o subgrupo correspondiente al contrato, o demostrando que cumple con los requisitos de solvencia específicos establecidos en el anuncio de licitación o invitación para participar en el procedimiento, según se detalla en los pliegos del contrato.

Tras la aprobación del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, ya no es obligatorio exigir la clasificación para los contratos de servicios. El empresario podrá acreditar dicha solvencia de forma indistinta: sea clasificándose en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato a partir del CPV; o bien cumpliendo los requisitos específicos de solvencia recogidos en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento, y detallados en los pliegos del contrato.

¿Por qué es importante la clasificación empresarial?

La clasificación empresarial es una herramienta importante para otorgar certidumbre y garantías a la administración, contratistas y usuarios en el ejercicio de sus obligaciones para desarrollar obras y servicios públicos.

Esta clasificación es responsabilidad del Ministerio de Hacienda, quien establece los criterios de acreditación y control de los contratistas previo a la ejecución de los trabajos.

La clasificación empresarial asegura la profesionalidad de las empresas contratantes, lo que redunda en la satisfacción del usuario, ya que tendrá la garantía de que el trabajo realizado se ajusta a la normativa vigente.

¿Quién otorga la clasificación de empresas?

La Junta Consultiva de Contratación Administrativa, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, se encarga de otorgar la clasificación. Esto se realiza mediante un acuerdo mensual de la Comisión de Clasificación correspondiente, el cual expide un certificado que es intransferible a otras empresas, exceptuando a empresarios individuales o en casos de fusiones o escisiones de sociedades.

Para obtener esta clasificación se deben cumplir unos requisitos específicos establecidos por el ministerio y la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017. Estos requisitos varían dependiendo del tipo de empresa o la actividad que desempeña, así como del tamaño de la empresa, entre otros.

La Ley permite a las diversas Comunidades Autónomas establecer sus propias Juntas Consultivas y Comisiones de Clasificación, aplicando los mismos criterios que los establecidos por la dependiente de la Administración Central. Algunas Comunidades Autónomas que han instaurado sus propias Clasificaciones son:

¿Cómo saber si mi empresa puede clasificarse?

Es necesario evaluar una serie de factores para determinar la categoría que podria obtener una empresa. Estos incluyen la antigüedad de la empresa, objeto social, patrimonio neto, experiencia constructiva en los subgrupos de los que ejecuta obras o servicios, medios personales y materiales, tanto propios como alquilados o arrendados financieramente.

Tras analizar todos estos factores, se calcula el índice de empresa, el cual, aplicado al mayor volumen de obra ejecutado en el quinquenio (para obras) o al mayor volumen de obra ejecutado en el trienio (para servicios), nos da la categoría asignada a cada subgrupo. Además, es un requisito imprescindible estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

¿Qué es la Clasificación en Grupos?

La Clasificación en Grupos es un sistema de clasificación de empresas contratistas que el Ministerio de Hacienda de España utiliza para determinar el nivel de experiencia y grado de capacitación que cada empresa tiene en relación a los servicios y obras que ejecuta.

Esta clasificación se determina a través de la evaluación de la información proporcionada por la empresa, así como de los resultados de sus proyectos anteriores.

Esto ayuda a garantizar que la administración contrate con empresas que tengan la experiencia y la capacitación necesarias para satisfacer las necesidades de los proyectos a realizar.

En el siguiente enlace podrás encontrar los grupos y subgrupos en la clasificación de obras y los grupos y subgrupos en la clasificación de servicios.

¿Cuáles son las categorías de la clasificación?

Los subgrupos de obras y servicios tienen categorías de clasificación asignadas de acuerdo con los fondos propios, la experiencia constructiva y otros factores relevantes. Estas categorías varían de un subgrupo a otro.

Aquí puedes ver las categorías de clasificación de obras y las categorías de clasificación de servicios.

¿Cómo se obtiene una clasificación de empresas?

En CLAYGES te podemos ayudar a obtener la clasificación de tu empresa.

Para obtener la clasificación de empresas es necesario cumplir la normativa establecida por el Ministerio de Hacienda a través de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

Los requisitos que deben cumplir las empresas para obtener la clasificación se encuentran en el artículo 19 bis de la Orden HAP/1719/2006.

Una vez cumplidos los requisitos, las solicitudes de clasificación se deben presentar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Hacienda. Una vez recibida la solicitud, el Ministerio analizará la documentación y, si cumplen los requisitos, otorgará la clasificación correspondiente a la empresa.

¿Qué factores deben tenerse en cuenta antes de solicitar la clasificación?

Antes de solicitar una clasificación, es necesario asegurarse de cumplir los requisitos exigidos por el Ministerio de Hacienda. Esto incluye contar con:

  • Alta de autónomo y un alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • Una certificación de que el contratista cumple con todas las leyes laborales aplicables, incluyendo las disposiciones sobre seguridad laboral.
  • Documentación que acredite la capacidad técnica, responsabilidad financiera y la experiencia profesional requerida.
  • Un certificado acreditativo de estar al corriente de pagos de todos los impuestos.
  • Un certificado de deudas con la Administración tributaria. Además de estos requisitos, el Ministerio de Hacienda también establece ciertos requisitos adicionales para empresas contratistas extranjeras.

¿Cuánto tiempo tengo que esperar para obtener la clasificación de contratistas?

El tiempo exacto que se tardaría en obtener la clasificación de contratistas varía según cada caso particular. Sin embargo, los solicitantes tienen que presentar una documentación específica para solicitar la clasificación.

Luego, es necesario que el Ministerio de Hacienda realice una evaluación y verifique que el solicitante cumpla los requisitos necesarios. Esto puede llevar desde unas semanas hasta varios meses.

¿Cuál es la Documentación Administrativa que es necesario presentar para solicitar la Clasificación Empresarial como Contratista de Obras o Contratista de Servicios?

Para solicitar la clasificación como contratista de obras o contratista de servicios en la administración pública, los interesados deberán presentar la siguiente documentación: 

  • Copia compulsada del D.N.I. de la persona que firme la solicitud.
  • Certificación actualizada de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Copia compulsada de las Escrituras inscritas en el Registro Oficial correspondiente. Constitución o última adaptación de estatutos y las que posterioridad a éstas hayan modificado (denominación, domicilio, objeto, capital y/o poderes).
  • Certificado ORIGINAL del Secretario del Consejo de Administración o del Administrador único, acreditando relación nominal y porcentaje de participación de los titulares de las participaciones sociales nominativas, indicando sus respectivos N.I.F.
  • Informe expedido por la T.G.S.S. relativo al último mes, de cada una de las cuentas, en la actividad para la que se solicita clasificación, en las que la empresa está en situación de alta. En el informe deberán constar referidos al último mes, los datos siguientes: actividad de la empresa, relación nominal de trabajadores, grupo de cotización al que están adscritos, su categoría profesional, fechas de alta y baja, tipo de contrato y número de días cotizados.
  • Certificado emitido por la T.G.S.S., en que se indique el número anual medio de trabajadores empleados por la empresa durante los tres últimos años.
  • Cuadro de directivos de la empresa donde figuren los siguientes datos: nombre y apellidos, cargo que desempeñan, titulación académica y años de experiencia en el sector.
  • Relación de personal técnico profesional con titulación universitaria vinculado a la ejecución de los contratos. Incluido personal externo e indicando en ambos casos la fecha de inicio de los trabajos y los contratos en los que ha trabajado.
  • Original o copia compulsada de las facturas de maquinaria, material y equipos a disposición de la empresa, en propiedad, en arrendamiento o en arrendamiento financiero, para la ejecución de las actividades de los subgrupos de clasificación solicitados.
  • Relación por cada subgrupo que solicite la empresa de todas las obras correspondientes a esa actividad, realizadas durante los últimos cinco años, o de todos los servicios realizados en los últimos tres años.
  • Certificados originales acreditativos de buena ejecución de los trabajos para cada uno de los subgrupos solicitados, referidos a la anualidad que acredite mayor ejecución en ese subgrupo. Los Certificados estarán redactados según las instrucciones y modelo contenidos en el anexo.
  • Declaración anual de operaciones con terceros, compras y ventas (modelo 347) de los tres últimos ejercicios.
  • Declaración del cuarto trimestre del año anterior, del resumen anual (modelo 390) de los dos últimos ejercicios, y de las declaraciones parciales del año en curso del IVA o tributo equivalente en los territorios en que no rija dicho impuesto.
  • Cuentas Anuales de los dos últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil o en el correspondiente Registro Oficial y certificado acreditativo de su presentación.

¿Qué son los certificados de buena ejecución?

Los Certificados de Buena Ejecución son documentos que certifican que una empresa ha llevado a cabo trabajos pertenecientes a un determinado subgrupo.

Estos documentos detallan los servicios o obras ejecutadas por la empresa, proporcionando una evidencia de su experiencia profesional.

En el enlace siguiente puedes encontrar los modelos de certificados de buena ejecución.

¿Cuál es el plazo de vigencia y revisión de la clasificación empresarial?

Esta clasificación puede ser revisada sucesivamente y caducará si se considera que la empresa no mantiene el nivel de solidez y capacidad financiera.

El plazo de vigencia de la clasificación es indefinido, pero anualmente hay que renovar la solvencia económica y financiera y cada 3 años la solvencia técnica y profesional. Si la empresa experimenta cambios sustanciales a lo largo del plazo, el Ministerio puede decidir revisar la clasificación antes de estos plazos para la renovación de las solvencias.

¿Tiene obligación el técnico que revisa el expediente de emitir un requerimiento de documentación cuando éste esté incompleto?

Una vez presentada la solicitud de Clasificación Empresarial, toda la documentación requerida que no se haya presentado no se tendrá en cuenta al momento de decidir el resultado del expediente.

El técnico encargado de evaluarlo, no está obligado a pedir de nuevo los documentos pendientes, aunque suele notificar al interesado para que presente la documentación faltante en un plazo de 10 a 15 días. No se puede asegurar que esto suceda siempre, ya que el expediente puede ser decidido sin tener en cuenta los grupos o categorías deseadas, o bien denegado.

¿Dónde obtener ayuda experta para la clasificación empresarial?

Nuestra empresa, CLAYGES, lleva dedicándose a elaborar la clasificación de empresas desde hace más de 20 años.

La clasificación de empresas contratistas para contratar con la administración requiere una gran cantidad de conocimientos y experiencia. Para obtener ayuda experta en este tema, se recomienda visitar la web del Ministerio de Hacienda, donde se encuentran recursos tales como formularios, instrucciones e información actualizada sobre la clasificación de empresas.

Si se desea ampliar conocimientos específicos sobre el proceso de clasificación de empresas, se puede visitar el blog de CLAYGES, donde se ofrecen artículos especializados.

Además, para formular preguntas específicas o solicitar ayuda adicional, se recomienda contactar directamente con el equipo de expertos de CLAYGES para recibir una asesoría personalizada.

Luis García Moyano
Luis García Moyano

Llevo toda la vida dedicada a la tramitación de expedientes de clasificación, tanto de obras como de servicios. Al frente de Clayges desde el 2006 asesorando a empresas, para que puedan contratar con la administración.